AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2006-CA

Fecha: 06-Ene-2006

APRUEBA

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31 inc. 4), concordante con el art. 33, parágrafo I, numeral 1 de la LTC, APRUEBA la Resolución de 9 de diciembre de 2005 pronunciada por el Tribunal Sumariante del Consejo de la Judicatura, por la que rechazó la solicitud formulada por el Juez de Partido en lo Civil y Comercial de Potosí, Freddy Llanos Martínez, demandando la inconstitucionalidad de la primera parte del parágrafo I del art. 43 de la Ley del Consejo de la Judicatura y arts. 27 y  32.I.1.2.3 y II del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial.