Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2006-RCA
Fecha: 30-Ene-2006
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos resuelve APROBAR, la Resolución de 20 de julio de 2005, cursante de fs. 28 a 29 vta., pronunciada por el Juez de Partido Primero y de Sentencia de Villamontes, del Distrito Judicial de Tarija. Con la modificación de que en lugar de rechazar el recurso planteado, corresponde declarar la improcedencia in limine del mismo.