Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
II.5.
II.5. Por oficio de 29 de marzo de 2005, el Presidente de la Comisión de Desarrollo Humano de la Cámara de Diputados, solicitó al Ministro de Hacienda la “reconsideración y enmienda de la denegatoria de pago de coparticipación tributaria” (fs. 12 a 16). En respuesta, el Ministro reiteró que no puede acceder a la reconsideración y enmienda sobre la distribución de coparticipación tributaria sobre notas de crédito fiscal (fs. 17 a 19).