AUTO CONSTITUCIONAL 296/2006-RCA
Fecha: 05-Oct-2006
I.1. Síntesis de la demanda
Asimismo, manifiesta que con la finalidad de suspender el ilegal desapoderamiento solicitó al Juez recurrido que en aplicación del art. 150 del Código de Procedimiento Civil (CPC), suspenda la ejecución en tanto no se resuelva la apelación interpuesta al rechazó del incidente de nulidad, sin que el mismo sea atendido, de igual modo refiere que posteriormente solicitó que previo a la ejecución del desapoderamiento se exija a la entidad ejecutante otorgue fianza de resultas por no existir liquidación practicada por el Juzgado, desconociendo el monto por el que se estaría procediendo a la adjudicación forzada de los bienes, sin que a la fecha haya sido considerada, continuando con el desapoderamiento y vulnerando los derechos de su mandante y de toda su familia al encontrarse ocupando el inmueble.
Continúa indicando que al no encontrarse ejecutoriada la Sentencia, los actos de ejecución serían nulos de pleno derecho, al existir la posibilidad de que el Tribunal de alzada declare la nulidad de obrados; por lo que recurre de amparo constitucional solicitando la procedencia del mismo y en consecuencia se decrete la cesación definitiva del acto ilegal que se pretende efectivizar, hasta que se resuelva la apelación sobre el incidente de nulidad.