APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 31 inc. 4), 33.I inc.1) y 64.III de la LTC, en consulta, resuelve: APROBAR la Resolución de 22 de agosto de 2006, cursante de fs. 6 a 13, pronunciada por Osvaldo Jáuregui Claure, Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros a.i., por la que RECHAZÓ la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, a instancia de José Luis Contreras Cabezas, en representación de la Empresa “AON RE BOLIVIA S.A. CORREDORES DE REASEGUROS”.
- En consulta
- “AON RE BOLIVIA S.A. CORREDORES DE REASEGUROS”
- Osvaldo Jáuregui Claure, como Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros a.i.
- I.2. Respuesta a la solicitud
- Osvaldo Jáuregui Claure, Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros a.i.
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas
- resolución
- el texto de la norma impugnada
- Fragmento 10
- la norma legal impugnada
- rechazó
- pretende que se haga un control normativo de constitucionalidad de Resoluciones Administrativas que no tienen carácter normativo
- a)
- APROBAR
