AUTO CONSTITUCIONAL 487/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 487/2006-CA

Fecha: 11-Oct-2006

toda disposición legal

En ese contexto, el art. 68 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establece la configuración procesal de este recurso, señalando que procede contra toda disposición legal que cree, modifique o suprima un tributo, impuesto, tasa, patente, derecho o contribución de cualquier clase o naturaleza, que hubiere sido establecida sin observar las disposiciones de la Constitución Política del Estado.