SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0981/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
II.3.
II.3. Por memorial de 15 de marzo de 2003 la recurrente Cristina Juana Huanca de Arias, se apersonó respondiendo en forma negativa a los términos de la querella, ofreciendo prueba testifical y de inspección como descargo. En el contenido del memorial la recurrente expresó: “notificados con una querella y acusación particular por el delito de despojo, incoada por Jorge Cuba Yulhe…”. Asimismo, hace referencia a la prueba presentada de contrario señalando que: “(…) dicha persona trata de sorprender a su autoridad, acreditando un título el cual no tiene ningún valor….” (fs. 114 a 116). Por su parte, el co recurrido Máximo Huanca Gómez por memorial de la misma fecha ofreció prueba de descargo, consistente en testifical, literal e inspección ocular (fs. 117 y vta.).