SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0981/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
improcedente
La Resolución 362/2006, de 25 de agosto, cursante de fs. 184 a 188, pronunciada por el Juez Quinto de Sentencia en lo Penal declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: a) de la revisión de antecedentes, así como de las pruebas aportadas por el recurrente se establece que a querella y acusación particular formulada por Jorge Cuba, la autoridad recurrida procedió a radicar y admitir la causa contra diez personas, entre ellos los ahora recurrentes, por el supuesto delito de despojo; b) los recurrentes fueron notificados con la querella, acusación particular y la Resolución que admite la causa penal, estableciendo en los dos primeros actuados, la descripción de los elementos de prueba documental, testifical y otros medios de prueba; c) al no haber arribado a una conciliación se convocó a juicio oral, habiendo la parte imputada formulado excepciones de falta de acción e incompetencia, pronunciando la autoridad recurrida la Resolución 238/2003, de 14 de julio, disponiendo la prosecución de la causa, no habiendo la parte recurrente interpuesto recurso de apelación, por lo que se ha consentido la prosecución del juicio hasta la dictación de la sentencia penal; d) por el informe de la autoridad recurrida se establece que existe un Auto de Vista pronunciado por la Sala Penal Primera que declaró improcedente el recurso de apelación restringida que plantearon los recurrentes; y e) interpuesto el recurso de casación, la Sala Penal Primera declaró infundado el recurso por Auto Supremo (AS) 255/2005, de 22 de julio, habiendo adquirido la calidad de cosa juzgada.