SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1013/2006-R
Fecha: 16-Oct-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial de demanda cursante de fs. 90 a 95, presentado el 20 de diciembre de 2005, los recurrentes manifiestan que son médicos empleados del SEDES de Cochabamba con más de cinco años de antigüedad, y el 12 de mayo de 2005 interpusieron un recurso de amparo constitucional contra el Director del SEDES de Cochabamba y el Presidente del Colegio Médico Departamental de Cochabamba, con la pretensión de declarar nula la convocatoria a concurso de méritos y examen de competencia abierto departamental, publicada el 24 de febrero y el 6 de marzo de 2005; sin embargo, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba denegó el recurso interpuesto, el mismo que actualmente se encuentra en revisión ante el Tribunal Constitucional.
Indican los recurrentes que a consecuencia de ello, como acción revanchista, el 31 de mayo de 2005 el Director del SEDES les agradeció por los servicios prestados, destituyéndoles de sus cargos, por lo que contra esta determinación presentaron un recurso directo de nulidad, el mismo que fue declarado infundado por el Tribunal Constitucional a través de la SC 0088/2005, de 11 de noviembre; posteriormente, por publicación de 10 de noviembre de 2005, el SEDES y el Colegio Médico Departamental, en cumplimiento de la SC 0083/2005, de 25 de octubre, comunicaron oficialmente que: “las convocatorias públicas lanzadas el 30 de enero, 24 de febrero y 6 de marzo de 2005 (…), quedan declaradas nulas y sin valor legal, por lo que consecuentemente se procederá a una nueva convocatoria conforme a derecho”.
Agregan que el 10 de noviembre de 2005, el SEDES y el Colegio Médico lanzaron nueva convocatoria a concurso de méritos y examen de competencia abierto departamental, para optar -entre otros- a sus cargos e ítems, por lo que contra esta convocatoria presentaron impugnación formal mediante nota de 11 de ese mes, la misma que fue reiterada sin éxito alguno el 20 y 29 de noviembre, 1, 7 y 16 de diciembre de 2005, pidiendo además certificación y extensión de fotocopias legalizadas, habiendo dado respuesta sólo el Colegio Médico el 29 de noviembre, pero eludiendo la decisión de fondo, mientras que el 8 de diciembre, el SEDES respondió por su parte, rechazando la impugnación y declinando la petición de certificación y fotocopias legalizadas a una orden judicial. Por otro lado, indican que mediante cartas de 1, 7 y 16 de diciembre de 2005, presentaron denuncia formal contra los hoy recurridos ante autoridades prefecturales y el Colegio Médico Nacional, sin que hubiera sido atendido.
Señalan que en vista de la falta de respuesta debida y oportuna a la impugnación, y en atención a que la fecha de cierre de recepción de antecedentes venció el 16 de diciembre de 2005, se vieron obligados a presentar sus cartas de postulación, pero aclarando que aún no se resolvió la impugnación que presentaron contra dicha convocatoria, pero para evitar mayor perjuicio, se veían obligados a presentar sus postulaciones, lo que no implicaba consentimiento de los actos ilegales y arbitrarios.
Manifiestan que la modalidad de concurso “Abierto Departamental” para sus cargos e ítemes, contraviene la Resolución Ministerial (RM) 0685 de 28 de septiembre de 2004, que dispone que “Por equidad y dentro del proceso de institucionalización, se autoriza a todos los profesionales en salud, que ingresaron a su institución entre el 30 de abril de 1990 al 31 de diciembre de 2000, puedan acogerse a la regularización interna institucional de cargos”; en su caso, ambos ingresaron al servicio de salud pública entre el 1 de septiembre de 1994 y el 1 de agosto de 1999, por lo que reclaman el derecho a acogerse a ese proceso de institucionalización, que se dio con los médicos de base por convocatoria para 31 cargos, sin calificación de méritos ni examen de competencia; sin embargo, no pretenden una institucionalización con esas características, sino que reclaman que se efectúe el proceso interno institucional, en observancia de los estatutos y reglamentos del Colegio Médico Departamental.