SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1058/2006-R
Fecha: 23-Oct-2006
II.4.
II.4. Por RA 39/2005, de 13 de septiembre, la Oficial Mayor de Promoción Económica del Gobierno Municipal de La Paz confirmó y dio por bien hecho el ordenamiento realizado en la plaza Eduardo Avaroa de la ciudad de La Paz, debiendo Paulina Mamani Ayca ingresar en el modular que le fue asignado en dicho proceso, debiendo la Dirección de Mercados y Comercio en Vías Públicas proceder a la reposición del modular asignado a Paulina Mamani Ayca en el lugar asignado en el proceso de reordenamiento de la referida plaza (fs. 9 a 12); que, interpuesto el recurso de reposición, se dictó la RA 051/2005, de 21 de octubre, por el que la Oficial Mayor de Promoción Económica del Gobierno Municipal de La Paz confirmó la RA 39/2005 impugnada (fs. 6 a 8), y posteriormente, ante la presentación del recurso jerárquico, se pronunció la Resolución Municipal 0646/2005, de 15 de diciembre, por la que el Alcalde Municipal hoy recurrido confirmó en todas sus partes la RA 051/2005, de 21 de octubre (fs. 3 a 5).