SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1080/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1080/2006-R

Fecha: 30-Oct-2006

concedió

La Resolución 09/2006, de 23 de enero, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz concedió el recurso, ordenando se deje sin efecto la expulsión del recurrente, sin perjuicio de que se sustancie el proceso conforme a la normativa a la cual se rige la Cooperativa, con los siguientes fundamentos: a) el art. 16.IV de la CPE, prevé que nadie puede ser condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado previamente en proceso legal, aspecto que atañe al debido proceso y está ligado con el derecho a la seguridad jurídica; b) en el caso de autos se evidencia que se vulneraron estos derechos, toda vez que el recurrente fue expulsado sin previo proceso, normando el Reglamento Interno en sus arts. 3 y 26 las sanciones a las cuales serán pasibles; y a su vez el art. 26 inc. e) señala que las mismas están supeditadas a un previo proceso, no teniendo en consecuencia la Asamblea ni el Directorio la potestad jurisdiccional de aplicar sanciones punitivas como es la expulsión, atribución que corresponde al Tribunal Disciplinario, previo proceso, donde se garantice la seguridad jurídica y el derecho a la defensa.