SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1096/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1096/2006-R

Fecha: 30-Oct-2006

II.2.

II.2.  Por memorial presentado el 13 de mayo de 2004, el representado del recurrente interpuso incidente de nulidad de la notificación con la Sentencia argumentando que la misma fue practicada en el bufete de su abogado con el nombre errado de Grover “Carballo” Ayala (fs. 16 a 17), el mismo que  el Juez de primera instancia correcurrido lo rechazó por Auto de 5 de junio de 2004, quien fundamentó su resolución señalando que la diligencia de notificación consigna el nombre correcto del demandado, además que la cédula se encuentra autenticada por Secretaría, no existiendo duda de la legitimidad de la misma y que ninguna otra inscripción al margen de las que cursan en el proceso, forman parte de la cédula, toda vez que en la copia de la Sentencia recibida en el domicilio procesal del demandado, claramente se señala su nombre y que también el demandado en el memorial del incidente confiesa haber sido notificado con la Sentencia (fs. 21).