Fragmento 5
En fecha 6 de abril de 2006, los recurrentes solicitan nuevamente el cumplimiento del fallo constitucional de referencia por parte de los demandados, argumentando que el documento transaccional fue producto de un proceso penal y que si bien en la cláusula 3.1 in fine del mismo, se comprometen a renunciar y/o desistir del recurso, empero sus personas no han renunciado menos desistido del amparo debido principalmente a que los recurridos no han cumplido con las estipulaciones de dicho documento (fs. 69 y vta. del dossier de archivo), memorial que fue decretado en 7 de abril del año en curso: “Presumiéndose la honestidad y la buena fe de las partes, aclare el petitorio respecto al contenido del acuerdo conciliatorio de fs. 145”. (fs. 70 del dossier del archivo).
