AUTO CONSTITUCIONAL 349/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 349/2006-RCA

Fecha: 08-Nov-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente sostiene que dentro del proceso de contratación para Consultor Individual en la Supervisión Técnica de Electrificación e Interconexión Tarija-Iscayachi-El Puente, ésta fue adjudicada a una persona no calificada para ese trabajo, en contraposición al DS 27328, por cuanto el cargo debía ser para un ingeniero eléctrico y no un ingeniero electrónico, impugnando dicha adjudicación, que fue rechazada extemporáneamente dando lugar al silencio administrativo positivo, por lo que debió adjudicarse la consultoría en su favor, circunstancia que no aconteció, vulnerando su derechos a la seguridad jurídica, a la petición, recursos administrativos, silencio administrativo y al trabajo. En consecuencia corresponde en revisión, verificar si concurren las causales de improcedencia del recurso de amparo constitucional.