AUTO CONSTITUCIONAL 362/2006-RCA
Fecha: 17-Nov-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La recurrente manifiesta que adquirió un lote de terreno en la zona Irpavi de la ciudad de La Paz del que tomó posesión pacífica, pero no pudo ocupar el mismo porque no reunía las condiciones necesarias para ser habitada; empero, mientras tramitaba ante el Gobierno Municipal de La Paz la autorización para la correspondiente demolición y construcción, el 26 de julio de 2006, el inmueble fue ocupado por las recurridas, quienes ingresando en forma violenta rompieron las cerraduras y candados puestas por ella, ocupando su lote de terreno inclusive con sus hijos, quienes pese al requerimiento policial de desocupación, se negaron a ello indicando que no saldrían hasta que el anterior propietario les cancele una indemnización por el cuidado del lote. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.