I.1. Antecedentes
Mediante memorial presentado el 17 de noviembre de 2006, cursante de fs. 64 a 71, los recurrentes señalan que la Empresa Inti Raymi, generó su obligación tributaria entre el 12 al 26 de agosto de 1997, como se evidencia de las pólizas adjuntas al cuaderno cursante en la Superintendencia Tributaria General, sin haber pagado los mismos, y al ser notificada con la fiscalización el 25 de abril de 2001, aquella Empresa Inti Raymi respondió el 15 de mayo de ese año.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1.
- computables a partir de la ejecución del acto o de la notificación con la resolución impugnada
- “…. el art. 82.II de la LTC, establece otro requisito de contenido propio o específico del recurso directo de nulidad
- fuera del plazo legal de los treinta días previstos por el art. 81 de la LTC
- el presente recurso directo de nulidad ha sido interpuesto fuera del plazo legal de los treinta días previstos por el art. 81 de la LTC
- RECHAZA
