Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2006
Fecha: 28-Nov-2006
II.1.
II.1. El 14 de septiembre de 2004, COTEL Ltda. y la empresa Vías S.R.L. suscribieron un contrato de alquiler de equipo, estableciendo en la cláusula decimonovena que toda controversia emergente sería resuelta por vía de la conciliación y arbitraje, conforme el Reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio de la ciudad de La Paz (fs. 251 a 258).