SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1128/2006-R
Fecha: 09-Nov-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 30 de septiembre de 2006, cursante de fs. 2 a 3, el recurrente alega que su representada se encuentra ilegal e indebidamente detenida por negligencia de la autoridad recurrida, por cuanto dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por supuestos hechos inmersos en la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, fue beneficiada con medidas sustitutivas a la detención preventiva, librando el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal mandamiento de libertad a su favor el 28 de septiembre del presente año, el cual fue recibido en el recinto penitenciario al día siguiente; sin embargo, no fue ejecutado con el ilegal argumento de no contar con cédula de identidad ni certificado de antecedentes penales.
Arguye que el art. 39 de la LEPS establece que cumplida una condena y al haber cesado la detención preventiva, debe operar la salida inmediata del recinto penitenciario, sin que sea necesario exigir otro requisito, no estando facultada la institución policial para incumplir una orden emanada de autoridad competente.