SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1128/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1128/2006-R

Fecha: 09-Nov-2006

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente ratificó el contenido de su demanda y agregó que el mandamiento de libertad de su representada fue recibido en el recinto penitenciario el 29 de septiembre de 2006, a horas 17:15, el mismo que no fue ejecutado ese día, solicitando al día siguiente el certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) y su cédula de identidad, contraviniendo el art. 39 de la LEPS que establece que al cesar la detención preventiva y ordenar la libertad, ésta se opera de inmediato; y si bien es evidente que se debe constatar la legalidad del mandamiento, no se puede determinar que una persona continúe detenida varios días; como emergencia de la interposición de la presente acción, la autoridad recurrida dispuso la libertad de la representada del recurrente.