SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1133/2006-R
Fecha: 09-Nov-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 26 de septiembre de 2006 (fs. 7 a 9 vta.), el recurrente arguye que la fiscal Lourdes Villarroel Bustios sin mayor trámite, lo imputó por la supuesta comisión del delito de robo agravado, cuando su persona sólo adquirió en compraventa varias prendas de vestir y jamás cometió delito alguno.
Expresa que de manera también ilegal y ultra petita el Juez recurrido dispuso su detención preventiva mediante la Resolución 385/06, de 18 de septiembre de 2006, cuando de acuerdo a las diligencias de Policía Judicial y conforme al art. 240 del Código de Procedimiento Penal (CPP), procedía la imposición de medidas cautelares sustitutivas a su detención preventiva, pues en su caso no concurren los requisitos que prevé el art. 233 del CPP, ya que no existía peligro de fuga, menos riesgo de obstaculización en la investigación porque tiene familia constituida en el país a la que mantiene, así como domicilio conocido y una fuente laboral lícita como comerciante de ropa.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- 1)
- III.1. Sobre el ámbito de protección del hábeas corpus
- III.2. Subsidiariedad excepcional del recurso de hábeas corpus
- prevé el de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.3. Caso analizado
- APROBAR