SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1150/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1150/2006-R

Fecha: 16-Nov-2006

II.2.

II.2.  El 3 de octubre de 2005, a horas 11:15 a.m., la Presidenta de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba instaló la audiencia de fundamentación de la recusación interpuesta por Álvaro Mauricio Cassab Ontiveros, en representación de Miriam Zambrana de Montaño y otro contra Renán Jiménez Sempértegui, Vocal de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constando que el motivo de la recusación consiste en el odio y animadversión que existiría por parte de la autoridad recusada contra el citado abogado Álvaro Mauricio Cassab Ontiveros; posteriormente, en esa audiencia se dictó el respectivo Auto de Vista por el que se declaró improbada la demanda de recusación de referencia, de conformidad a lo establecido por el art. 3 numerales 5 y 11 de la LAPCAF, puesto que no se demostró que el Vocal recusado tuviera odio, resentimiento o animadversión contra Miriam Zambrana de Montaño y Enrique Montaño, que son parte en el proceso en el que se suscitó el incidente (fs. 11 a 13 vta.).