Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1172/2006-R
Fecha: 21-Nov-2006
a)
La autoridad recurrida a través de su abogado informó que: a) el Tribunal conformado para recibir el examen de grado, en su informe señala que se esperó al estudiante treinta minutos; b) el recurrente podía acudir ante la Dirección Nacional de Formación Docente, toda vez que el Sistema Nacional de Formación Docente tiene su propia estructura, no habiendo en consecuencia agotado las instancias, a más de que, en junio se volverá a convocar pudiendo el recurrente volver a presentarse resolviendo su problema.