SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2006

Fecha: 19-Dic-2006

III.2.

III.2.   El entendimiento doctrinal descrito fue recogido por nuestra legislación para establecer la devolución del IVA a ciertos sectores exportadores, como una medida de gasto público que tiene el objeto de evitar la exportación de componentes impositivos, que no tiene de modo alguno una naturaleza tributaria. Por tanto, su reconocimiento o supresión para algún sector exportador, tampoco tiene naturaleza tributaria. Lo señalado se infiere en el art. 13 de la Ley 1489, de 16 de abril de 1993, cuando expresa: