SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1268/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1268/2006-R

Fecha: 12-Dic-2006

Fragmento 5

El abogado del correcurrido, Oficial Investigador de DIPROVE, Tte. Edwin Marcos Troncoso Zurita, dio lectura al informe escrito de fs. 27 a 28,  que señala: a) a horas 23:05, aproximadamente  recibió una llamada telefónica de Radio Patrulla 110, informándole de un robo de siete vehículos en la calle Saavedra, constituyéndose a ese lugar donde recibió información del guardia de seguridad de una empresa privada vecina, de haber sido reducido y que más de veinte personas ingresaron al inmueble contiguo del que sacaron siete vehículos de los cuales uno funcionaba, momento en el que llegó Francisco Daniel Miranda Ortuño, que manifestó era el encargado de ese inmueble y que al pasar por la calle Sucre, vio que al taller de su ex socio José Luis Careaga Lulleman metían los vehículos que estaban en su inmueble; b) con esa información, se trasladó a la calle Sucre, encontrando a tres personas en la puerta del taller, quienes manifestaron que su jefe José Luis Careaga Lulleman les ordenó trajeran esos vehículos desde la av. Saavedra  y por la falta de espacio llevaron  dos vehículos más a otro garaje público a media cuadra del lugar, procediendo al arresto de los tres sujetos que allanaron el inmueble de la av. Saavedra. Posteriormente al saber que las demás personas se encontraban dentro del taller, llamó al Fiscal de turno Antonio Santamaría, quien se constituyó en el lugar coincidiendo con la llegada de José Luis Careaga Lulleman, quien los invitó a pasar expresándoles que esos vehículos estaban hacía tiempo en su garaje, negando haber  ingresado a la av. Saavedra. Es así que después de escuchar al Sr. Francisco Daniel  Miranda Ortuño y al Sr. José Luis Careaga Lulleman, quienes tienen un problema judicial, procedió a verificar si los cinco vehículos estaban reportados como robados en DIPROVE y al no estar consignados en el sistema, el Fiscal dispuso también el arresto de José Luís Careaga Lulleman, conduciéndolos a todos a oficinas de la FELCC, quienes quedaron a cargo del personal de servicio de dicha entidad por allanamiento y robo de herramientas del garaje de Francisco Daniel Miranda Ortuño.