SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1270/2006-R
Fecha: 12-Dic-2006
II.3.
II.3. A través del memorial de 19 de enero de 2006, Oscar Heriberto Laura Zegarra -hoy recurrente-, solicitó al Fiscal adscrito a la Aduana Nacional, Franklin Aguilar Bayón, que disponga la devolución del vehículo de su propiedad con placa de control 1088-RHN, por cuanto simplemente cumplía servicio de transporte, desconociendo si la mercancía era legal o no (fs. 24 y vta.), reiterando su solicitud mediante memorial del mismo mes, a cuyo efecto acompañó documentos de propiedad y otros (fs. 25), y por requerimiento de 25 de enero de 2006, el fiscal Franlin Aguilar Bayón dispuso que en el día, la Administradora de la Aduana Interior de La Paz proceda a la devolución del referido vehículo a su propietario, considerando la facultad conferida por el art. 189 del CPP, así como que dicho motorizado no se encuentra en calidad de bien comisado ni secuestrado (fs. 12).