SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1298/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1298/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

III.2.

III.2. En el caso que se examina, los recurrentes denuncian haber sido detenidos en forma ilegal y arbitraria por orden de la Fiscal de Materia recurrida, en vulneración del art. 226 del CPP, motivo por el cual, aplicando la línea jurisprudencial glosada precedentemente, los actores debieron presentarse ante el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, encargado del control jurisdiccional de la investigación y hacerle conocer los hechos que alegan para que dicha autoridad judicial competente asuma las determinaciones que corresponda; empero, los recurrentes no acreditaron de manera alguna haber procedido de esa manera, sino que al contrario, la Fiscal informó en la audiencia de hábeas corpus que no presentaron ninguna queja sobre su actuación al juez cautelar, por lo que al ser evidente que no agotaron el medio legal pronto, eficaz e inmediato que el ordenamiento jurídico prevé para denunciar los actos que supongan una vulneración del derecho a la libertad, entre otros, durante la etapa preparatoria, torna inviable el presente recurso, correspondiendo en consecuencia, revocar la Resolución venida en revisión.