Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1311/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La representante de los recurrentes ratifica los términos del recurso planteado y luego de la intervención de los apoderados de la autoridad recurrida quienes objetan su personería por falta de poder expreso, señala que sobre la inexistencia de un poder notarial que represente a los damnificados, se debe tener en cuenta que es gente de escasos recursos económicos, que ella y todos los que asistieron a la audiencia son los damnificados, por lo que considera que es lo más injusto y aberrante que digan que no hay representación legal.