AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2006-RCA
Fecha: 17-Feb-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Las recurrentes indican que en el proceso voluntario de declaratoria de herederos seguido por Artidoro Justiniano Sánchez, su representado, en su condición de único heredero del que en vida fue Marcos Jiménez Sánchez, planteó nulidad de obrados por actividad procesal defectuosa, que fue rechazada; asimismo, planteó oposición al proceso voluntario pidiendo se declare contencioso y se remita obrados ante el Juez de Partido en lo Civil de Turno, que también fue rechazada, por considerarse que el opositor no es parte del proceso; actos con los que consideran se vulneraron los derechos constitucionales de su representado. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- denegó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.2.
- II.3.
- II.4
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación (…)
- APRUEBA