AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2006-RCA

Fecha: 17-Feb-2006

II.4

II.4  En la problemática planteada, las recurrentes presentaron la demanda de amparo constitucional, el 18 de julio de 2005, acusando de actos vulneratorios por una parte, la Resolución de rechazo del incidente de nulidad de obrados por actividad procesal defectuosa y por  otra también la Resolución de rechazo sobre la oposición planteada al proceso voluntario de declaratoria de herederos, pidiendo la contención del procedimiento y su remisión al Juzgado de Partido de Turno en lo Civil; en el primer caso, el incidente de nulidad fue resuelto por  Auto de 19 de julio de 2004 (fs. 23 y vta.), que fue recurrida en reposición por las recurrentes alternando apelación, que mereció el Auto de 25 de agosto de 2004, por el que también se rechaza la reposición y se concede la apelación en el efecto diferido (fs.38), quedando en ese estado la actuación jurisdiccional, sin que las recurrentes hubieran interpuesto recurso alguno contra la decisión adoptada, lo que equivale a decir, que desde esa oportunidad hasta la presentación del recurso de amparo, han transcurrido más de seis meses, por lo que se encuentra en los supuestos de inactivación previsto en el art. 96 inc. 2) de la LTC.