SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2006-R
Fecha: 06-Feb-2006
II.2.
II.2. El 15 de abril de 2004, Industrias Oleaginosas S.A. interpuso demanda ejecutiva contra la UAGRM, en la persona de su Rector y representante legal Julio Saleck Nery y la Unidad de empresas Proyecto Yabare Remanso en la persona de Juan Manuel Chaín Avichacra, persiguiendo el pago de la suma adeudada de $US37.201,69.-, en base al incumplimiento de la obligación pactada en la cláusula cuarta del referido contrato suscrito, habiendo a partir del 31 de mayo de 2002, entrado en mora la obligación adeudada más el interés convencional -según señala- (fs. 13 a 14 vta.); a cuya consecuencia, el Juez de Partido Primero en lo Civil y Comercial de la Capital, dictó el Auto intimatorio de pago de 20 de abril de 2004 (fs. 15).