Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2006-R
Fecha: 17-Feb-2006
II.5.
II.5. El 28 de diciembre de 2005, el recurrente opuso excepción de falta de acción por no estar legalmente promovida, y falta de tipicidad, argumentando además que el aviso del inicio de las investigaciones y la imputación formal fue formulada fuera del término previsto por el Código de procedimiento penal (fs. 33 a 35).