Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0190/2006-R
Fecha: 21-Feb-2006
II.3.
II.3. Por Auto de de 6 de diciembre de 2005 (fs. 13 vta.- 16) la autoridad judicial recurrida, rechazó la solicitud de cesación de detención preventiva, presentada por el actor, manteniendo vigente la orden de detención de 6 de mayo de 2004. En el acta se hace constar que la partes fueron legalmente notificadas con la Resolución con su pronunciamiento, quedando advertidas de que la misma es apelable en el término de setenta y dos horas. No consta en obrados que la decisión haya sido impugnada por el recurrente.