AUTO CONSTITUCIONAL 0004/2006-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0004/2006-CDP

Fecha: 29-Mar-2006

I.1.

I.1. En el presente caso, el Juez de amparo constitucional pronunció la Sentencia de 24 de mayo de 2005, cursante de fs. 76 a 80 de obrados, declarando procedente el recurso interpuesto por Mario Edmundo Angulo Salazar en representación con mandato conferido por Jaime Iriarte Angulo, representante de la empresa Jeis Ltda. estableciendo responsabilidad civil, diferida en su calificación a la ejecución de sentencia, de conformidad a lo dispuesto por el art. 102.IV de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).