AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2006-RCA

Fecha: 09-Mar-2006

II.3.

II.3.  En la problemática planteada, los recurrentes presentaron la demanda de amparo constitucional el 8 de septiembre de 2005, acusando que el proceso disciplinario al que fueron sometidos se tramitó con varias irregularidades, vulnerando reiteradamente sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y  a la defensa, y finalmente, el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, subrogándose un derecho que no le corresponde, dictó la Resolución 132/2004 revocando el fallo elevado en consulta, y disponiendo que se les aplique la sanción de retiro definitivo de esa Institución (fs. 84 a 86), constando que con dicha Resolución se citó y notificó a los hoy recurrentes el 12 de agosto de 2004 (fs. 86), y posteriormente, en cumplimiento de esa determinación, el Tribunal Disciplinario Departamental expidió los memorandos de despido el 6 de diciembre de 2004 (fs. 87 a 88); por consiguiente, desde el momento de la notificación a los procesados con la Resolución 132/2004 hasta la interposición del presente recurso, transcurrió un término mayor al de seis meses, por lo que corresponde declarar sin mayor trámite la improcedencia in limine de la demanda.