AUTO CONSTITUCIONAL 083/2006-RCA
Fecha: 23-Mar-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente indica que en la publicación de 20 de mayo de 2005, el Matutino “La Estrella del Oriente”, publicó una nota de prensa donde se le atribuye el hecho de estar involucrado en un caso de nepotismo, al sostener que el funcionario municipal Willy Yabeta Dalence, sería su primo hermano, por lo que envió una nota a la Directora del Diario, explicando que lo afirmado en la publicación era falso, pidiendo a su vez se realice otra publicación aclarando la verdad en base a los datos que proporcionó; empero, la nota aclaratoria nunca fue publicada hasta el momento de la presentación del presente recurso, con los que considera se vulneraron sus derechos a la dignidad, “a la honra o reputación y al buen nombre, a la rectificación o respuesta”. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- II.2.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- II.3.
- APRUEBA