AUTO CONSTITUCIONAL 095/2006-RCA
Fecha: 30-Mar-2006
I.2. Resolución
El Tribunal de amparo, mediante Resolución 178/2005-SSA-l, de 21 de septiembre, cursante a fs. 35, rechazó el recurso, señalando que el actor en la presentación de su recurso, no cumplió con las condiciones previstas por el art. 97.II.III y V de la LTC, al considerar que no especificó el cargo que ostenta, así como la inexistencia de prueba que evidencie que la autoridad recurrida habría dispuesto la no cancelación de sus haberes, por lo que no existiría la legitimación pasiva; asimismo, no se indica cuales serían los motivos del despido o el no pago de los haberes reclamados, ni se evidencia que se hubiera planteado el recurso de revocatoria contra el memorando de destitución, por lo que siendo la condición III, del art. 97 de la LTC, un requisito de contenido, corresponde el rechazo del recurso.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Resolución
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- II.2.
- debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC
- y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
- a)
- II.3.
- que de manera congruente se reconducen y sirven de fundamento del petitorio
- 2)
- II.4.
- II.5.
- REVOCAR