Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 101/2006-RCA
Fecha: 31-Mar-2006
improcedencia
El Tribunal de amparo, Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, mediante Resolución 21/2005 de 12 de septiembre, cursante de fs. 26 a 27 vta., declaró la improcedencia del presente recurso, por considerar que el recurrente no agotó los medios de defensa que la ley ordinaria le franquea, debido a que con carácter previo debió acudir ante el Juez Cautelar, siendo aplicable por ello, el art. 96 inc. 3) de la Ley de Tribunal Constitucional (LTC).