APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31.inc. 4), concordante con el art. 33.I inc. 1) y 58.V de la LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el Auto 45/2006 de 23 de febrero, pronunciado por Edgar Terrazas Melgar, Osvaldo Céspedes Céspedes y Ramiro Claros Rojas, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad planteado por Juan Pablo Navarro Wieler, demandando la inconstitucionalidad 12.III de la LAPCAF.
- Edgar Terrazas Melgar, Osvaldo Céspedes Céspedes y Ramiro Claros Rojas, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazando el incidente
- II.2.1.
- II.2.2.
- no existe la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la disposición legal con la decisión de la recusación interpuesta
- APRUEBA
