AUTO CONSTITUCIONAL 128/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 128/2006-CA

Fecha: 17-Mar-2006

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Juan Pablo Navarro Wieler por memorial de 26 de enero de 2006 (fs. 21 a 23), dentro del incidente de recusación que sigue contra Marcelo Barrientos Díaz, Juez Tercero de Partido en lo Civil Comercial de Santa Cruz, solicita al  Presidente y Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz, promuevan recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad  contra el art. 12 parágrafo III de la LAPCAF, argumentando que la norma impugnada es inconstitucional porque violenta el derecho a la defensa y el derecho al debido proceso, consagrados por el art. 16 parágrafos II y IV de la CPE, al impedir la interposición de un recurso contra la resolución que decide la recusación y al impedir plantear el recurso de apelación a los fines de corregir errores en la valoración de la prueba o en su caso, errores de procedimiento, permitiendo al contrario, que permanezcan válidas e inimpugnables resoluciones que adolecen de defectos procesales o de errores en la valoración de la prueba.