AUTO CONSTITUCIONAL 158/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 158/2006-CA

Fecha: 04-Mar-2006

II.3.

II.3.  En el caso que se examina, se evidencian los siguientes extremos: 1) el Presidente Ejecutivo a.i. de Y.P.F.B. fue notificado con la Nota de Cargo 001/2004 y el Auto Intimatorio de 9 de septiembre de 2004 el 12 de octubre de 2004 conforme manifiesta en el memorial cursante a fs. 9 del expediente;  2) el recurrente tenía conocimiento de  la Nota de Cargo 002/96 en fecha anterior a la presentación del memorial de fs. 9; 3) con la Resolución Administrativa 117/2001 de 24 de octubre (fs. 5-6), fue notificado el Jefe de Zona de Y.P.F.B. el 13 de noviembre de 2001 ( fs. 6 vta.); 4) Con la Resolución de 13 de octubre de 2005 se notificó a Ramiro Suárez por Y.P.F.B. el 23 de diciembre de 2005 mediante cédula (fs. 11-12); siendo presentado el recurso que nos ocupa el 24 de marzo de 2006 (fs. 35 vta.), el presente recurso fue interpuesto extemporáneamente, fuera del plazo de 30 días establecido por el art. 81 de la LTC, con referencia a las resoluciones citadas, no pudiendo por esta razón ingresar al análisis y conocimiento del fondo del asunto, por lo que corresponde su rechazo.