AUTO CONSTITUCIONAL 117/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 117/2006-RCA

Fecha: 24-Abr-2006

II.3.

II.3. En cuanto al argumento del recurrente en sentido de que constantemente efectuó reclamos; de la revisión del expediente se constata que tal situación no es evidente, toda vez que su actitud fue pasiva y displicente desde que tuvo conocimiento de la calificación de su renta básica el 28 de octubre de 1998 en el que no se complementó su renta complementaria, dado que sus reclamos fueron esporádicos y discontinuos, por cuanto su primer reclamo fue el 25 de noviembre de ese año (fs. 12), posteriormente el 6 de septiembre de 2004 (fs. 3), el 8 de diciembre de 2004, el 14 de marzo y el 2 de agosto ambos del 2005, actitud con la que demostró su consentimiento del supuesto acto ilegal denunciado. Dicho razonamiento guarda coherencia con lo establecido en la  SC 685/2003-R, de 21 de mayo, en cuyo fundamento jurídico III.1, se señaló que al ser los derechos fundamentales, derechos subjetivos por excelencia: “…… la persona que ha podido sufrir una vulneración a algún derecho fundamental, atendiendo a razones particulares, puede consentir de manera expresa la lesión o amenaza a esos derechos, o simplemente adoptar una posición pasiva, consistente en no acudir a la tutela jurisdiccional. En el primer caso, el legislador de manera específica ha tomado la decisión política de que tales supuestos son causales de improcedencia en el recurso de amparo (art. 96.2 LTC). En el segundo caso, la jurisprudencia de este Tribunal ha establecido que la inacción por más de seis meses del supuestamente agraviado, determina también la improcedencia del recurso”; A ello se debe agregar que la citada SC 770/2003-R, de 6 de junio, indicó que cuando el recurrente: “…no ha sido diligente en propia causa no se puede pretender que esta jurisdicción esté supeditada en forma indefinida para otorgarle protección” (las negrillas son nuestras); circunstancia que ratifica la improcedencia in limine del presente recurso.