SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0339/2006-R
Fecha: 10-Abr-2006
III.2.
III.2. En el caso examinado se evidencia que la recurrente, aunque se dirigió al Comité Electoral cuyo mandato es llevar adelante el proceso eleccionario hasta la posesión de los miembros elegidos, para que éste haga una representación ante el Consejo de Administración sobre los extremos de la vigencia de su mandato, pese a que ella estuvo presente en la Asamblea Ordinaria donde se determinó que el proceso de renovación de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia sea total, sin haber objetado o pedido su reconsideración; sin embargo, emitió su voto en el proceso electoral llamado al efecto, manifestando su voluntad, a través del sufragio, de participar en el proceso electoral de las nuevas autoridades conforme se llamó en la convocatoria, pudiendo inferirse de tal hecho, que hubo precisamente el día de las elecciones un tácito consentimiento con el proceso electoral que impugna mediante el presente recurso, pidiendo se declare nula la Resolución de la Asamblea General cuando, además, los miembros del Comité Electoral que son elegidos en Asamblea General Ordinaria de socios y su mandato es llevar adelante el proceso eleccionario hasta la posesión de los miembros elegidos, no han tomado la decisión de renovar a todos los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia, ni tienen atribución alguna para determinar si la elección es parcial o total, o a quienes se renueva o no.