SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0341/2006-R
Fecha: 10-Abr-2006
1)
De acuerdo con el informe de fs. 224 a 231, el Juez recurrido señala: 1) dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Unión S.A. contra Jorge Enrique Guzmán Torrez y José Antonio Grossberger Zambrana, se notificó a este último con la Sentencia pronunciada mediante cédula en su domicilio señalado; 2) por escrito de 25 de abril de 2002, María de los Ángeles Grossberger Zegarra, una de las coherederas, se apersonó y pidió la nulidad de la notificación a su padre fallecido el 14 de abril de 2002; 3) siendo evidente lo referido, el 26 de abril de 2002, se suspendió el proceso a fin de citar a los herederos o tutor mediante edictos para que en el plazo de treinta días se hagan presentes y asuman defensa; 4) citados los herederos del demandado con la Sentencia mediante edictos y al no haberse apersonado éstos, se declaró ejecutoriada la Sentencia; 5) luego de dos años, las ahora recurrentes se apersonaron y solicitaron la nulidad de obrados y la suspensión del remate señalado, lo que fue rechazado y al haberse interpuesto apelación contra esa determinación fue concedido el recurso por Auto de 19 de marzo de 2005, remitiéndose testimonio ante la Corte Superior de Distrito; 6) por memorial de 25 de abril de 2005, las ahora recurrentes solicitaron que se suspenda la ejecución de sentencia y se deje sin efecto el señalamiento de remate entretanto se resuelva el incidente de nulidad, basando su petición en el art. 150 del CPC y la SC 0944/2004-R, petición que también fue rechazada por Auto de 23 de mayo de 2005, Resolución contra la cual se interpuso recurso de apelación que fue concedido por Auto de 9 de julio de 2005 y remitido el expediente ante la Corte Superior de Distrito el 18 de julio de 2005.