Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2006-R
Fecha: 10-Abr-2006
II.5.
II.5. La Directora del SEDES Chuquisaca mediante nota DIR/SEDES 020/2005, de 7 de enero, hizo conocer al recurrente que su reclamo era extemporáneo haciéndole constar además al actor que él ratificó y aceptó la modalidad de la convocatoria al haberse presentado al concurso y obtenido el tercer lugar (fs. 36).