SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2006-R

Fecha: 10-Abr-2006

II.7.

II.7.   A través del oficio DIR SEDES 4905, de 15 de enero de 2005 (fs. 38 a 40), la recurrida Directora del SEDES declaró no haber lugar a la anulación de la convocatoria, conforme a los siguientes fundamentos: i) la convocatoria fue lanzada el 18 de noviembre de 2004, y el memorial presentado por el recurrente solicitando la revocatoria de la convocatoria era del 5 de enero de 2005, fuera del plazo previsto por el DS 26319 que establece un plazo de cuatro días siguientes al acto que motivó la impugnación; ii) existió plena aceptación de la convocatoria no otra cosa significa que el recurrente se postuló a la misma; iii) se revisó su file personal y se evidenció que no existía ninguna resolución de la Superintendencia del Servicio Civil que acredite que el recurrente era funcionario de carrera.