Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0350/2006-R
Fecha: 10-Abr-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 8 de marzo de 2006, cursante en fs. 2 y vta., el recurrente asevera que desde el 22 de agosto de 2005, se encuentra detenido preventivamente en el centro penitenciario Santa Cruz, con fines de extradición en mérito al mandamiento librado por la autoridad judicial recurrida. Teniendo en cuenta el art. 154 inc. 1) del Código de procedimiento penal (CPP), su detención se prolonga por más de seis meses, razón por la cual, el Juez recurrido debió disponer su inmediata libertad; sin embargo, al no hacerlo incurrió en detención ilegal e indebida, por lo que al encontrarse arbitraria e indebidamente detenido, interpone el presente recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no puede tener alcances ilimitados, puesto que la misma ha sido creada, única y exclusivamente, para resolver de manera excepcional aquellos supuestos en los que el recurso, por error en la identidad, es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal,
- III.2.
- III.3.
- APROBAR