Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0417/2006-R
Fecha: 28-Abr-2006
II.4.
II.4. Por memorial de 15 de junio de 2005, reclamando la aplicación de las normas previstas por el art. 22 de la LM, la actora solicitó la reconsideración de la Resolución Municipal 4349/2005 (fs. 7 y 8); por lo que, mediante Resolución Municipal 4384/2005, de 19 de julio, la solicitud de reconsideración fue declarada improcedente (fs. 46 a 48).