Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Auto Constitucional 132/2006-RCA
Fecha: 09-May-2006
APRUEBA
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; y arts. 7 inc. 8) y 120.V de la LTC, en revisión: APRUEBA la Resolución 25/05 de 10 de octubre de 2005, cursante a fs. 72 a 73 vta., pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; con la modificación de no haber lugar a la imposición de costas y multa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda.-
- improcedente
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- no cursa en el cuaderno procesal ninguna representación que hubiesen realizado los referidos fiscales ante la autoridad de la que emanaron esos instrumentos, como es el Fiscal General de la República, a objeto de que reconsidere y en su caso revise las determinaciones adoptadas y que se estiman contrarias a sus intereses
- improcedencia in limine
- APRUEBA