Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Auto Constitucional 132/2006-RCA
Fecha: 09-May-2006
improcedente
El Tribunal de amparo, Sala Penal de la Corte Superior del Distrito de Chuquisaca, mediante Resolución 25/05 de 10 de octubre, cursante de fs. 72 a 73 vta., declaró improcedente in limine el recurso, imponiendo la multa de Bs500.- y costas a regularse en ejecución de sentencia, por subsidiariedad al no haberse impugnado ni realizado reclamo alguno ante la autoridad recurrida, impugnando la Resolución 106/2005, ni contra el memorando M. 585/2005 señalando que el presente caso encaja en la previsión del art. 96 inc. 3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda.-
- improcedente
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- no cursa en el cuaderno procesal ninguna representación que hubiesen realizado los referidos fiscales ante la autoridad de la que emanaron esos instrumentos, como es el Fiscal General de la República, a objeto de que reconsidere y en su caso revise las determinaciones adoptadas y que se estiman contrarias a sus intereses
- improcedencia in limine
- APRUEBA