Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 162/2006-RCA
Fecha: 30-May-2006
rechazó
El Tribunal de amparo, mediante Resolución de 17 de septiembre de 2005, cursante a fs. 72, rechazó el recurso, con el fundamento de que la recurrente no subsanó las observaciones realizadas por decreto de 7 de septiembre de 2005, al no identificar cuáles fueron los actos ilegales y los derechos vulnerados por la autoridad recurrida ni especificar la relación de causalidad entre ambas, como tampoco citó el domicilio del tercero interesado, no obstante, haber observado tales omisiones para que las subsane.